
tro del límite establecido para cada modalidad de alojamiento objeto del presente Decreto
n la consideración de camas supletorias los sofás-camas instalados en el salón en los apartamentos o casas de aldea de contratación íntegra alojamiento rural asturias. 3.
talación de cunas para niños menores de dos años podrá realizarse a petición del cliente alojamiento rural asturias, no teniendo en ningún caso la consideración de supletorias. Artículo 12.
recios: 1.-Los precios de todos los servicios habrán de gozar de la máxima publicidad alojamiento rural asturias, debiendo constar en la misma los correspondientes al alojamiento y a los demás servicios complementarios que se ofrezcan.
-Los precios se mostrarán en lugar destacado y de fácil localización y lectura alojamiento rural asturias, habiendo de figurar en todo caso en la recepción del establecimiento o a la entrada del mismo.
3.-A efectos de su inclusión en las guías oficiales alojamiento rural asturias, los titulares de los establecimientos podrán declarar a la Administración turística los precios de los servicios por ellos ofertados.
precios incluidos en guías oficiales tendrán alojamiento rural asturias, en todo caso, la consideración de orientativos. Artículo 13.
Facturación: 1 alojamiento rural asturias.-Los clientes tienen la obligación de satisfacer el precio de los servicios facturados en el tiempo y lugar convenidos.
falta de convenio se entenderá que el pago debe efectuarse en el mismo establecimiento y en el momento de ser presentada para el cobro la factura correspondiente alojamiento rural asturias. 2.
actura deberá expresar los diversos servicios prestados alojamiento rural asturias, sea nominalmente o en clave, cuya explicación aparecerá inexcusablemente en el impreso. En todo caso aparecerá desglosada por días y conceptos, sin que quepa la simple expresión de los totales.
tura habrá de figurar junto al nombre alojamiento rural asturias, modalidad y categoría del establecimiento, el nombre del cliente, el número o identificación del alojamiento asignado al mismo, el número de plazas contratadas, la fecha de entrada y la de salida y la fecha de expedición. 3.
lares de los establecimientos están obligados a conservar los duplicados de las facturas alojamiento rural asturias, para su comprobación por la Administración turística, durante el plazo de un año a partir de la fecha de su expedición. Artículo 14.
estación de servicios: 1.-Los titulares de los alojamientos de turismo rural serán responsables de la adecuada calidad en la prestación de los servicios alojamiento rural asturias, la cual se realizará de forma directa, individualizada y personal, o bien por personal cualificado para dicha función.
tamentos Rurales Asturias La Xamoca 2.-El titular
ulo 15 alojamiento rural asturias.-Mantenimiento del establecimiento: 1.
as instalaciones alojamiento rural asturias, mobiliario, elementos decorativos, enseres y menaje serán en todo momento los adecuados al nivel de calidad y a la modalidad y categoría que ostente el establecimiento y se mantendrán en las debidas condiciones de funcionamiento y limpieza.
2.
las casas de aldea de contratación íntegra y en los apartamentos
os titulares de los establecimientos citados en el apartado anterior podrán exigir alojamiento rural asturias, para responder de la pérdida o deterioro de las instalaciones, mobiliario y enseres que sea imputable a los clientes, el depósito en el momento de ocupar el alojamiento de una cantidad no superior al 25 por ciento del importe total del precio pactado.
anza será reintegrada al cliente alojamiento rural asturias, previas las deducciones que en su caso precisen, al término del contrato. Artículo 16.
Hojas de reclamaciones: 1.-Los titulares de los alojamientos de turismo rural adoptarán las medidas necesarias para que alojamiento rural asturias, en todo momento, existan en sus establecimientos, a disposición de los clientes, hojas de reclamaciones que les serán facilitadas por la Dirección General competente en materia de turismo.
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